
La convocatoria se realiza en régimen de concurrencia competitiva y de acuerdo con lo dispuesto en la Ordenanza General Municipal de Subvenciones. Se moviliza una partida presupuestaria de 44.000 euros para atender a los programas y actividades que complementen las competencias municipales deportivas así como para sufragar gastos de deportistas alcañizanos que participen en competiciones superiores al ámbito autonómico.
Los clubs deportivos con los que el Ayuntamiento mantiene convenios, cuyo importe conjunto asciende a 38.500 euros, quedan excluidos de esta convocatoria y se firmarán próximamente. En total, el Ayuntamiento de Alcañiz destina 82.500 euros a apoyar la actividad deportiva de la ciudad, sumando los convenios y estas dos convocatorias de subvenciones vigentes: deportistas individuales y asociaciones deportivas.
El Ayuntamiento destinará una partida de 10.000 euros para apoyar económicamente a los deportistas locales que participan en campeonatos de ámbito supra-regional.
Las bases contemplan que los beneficiarios deberán residir en Alcañiz, se encontrarán en una edad comprendida entre los 12 y 40 años – salvo justificadas excepciones- y deberán disponer de una licencia deportiva reconocida por el Consejo Superior de Deportes entre otros requisitos. Los deportistas interesados deberán presentar sus méritos deportivos que se baremarán según las bases.
Las bases completas pueden consultarse en el Tablón de Anuncios Electrónico del Ayuntamiento de Alcañiz: https://sede.alcaniz.es/firma/documento.aspx?csv=24AAAXAWMZAJ4FL2ALJ7&modo=abrir
El Ayuntamiento de Alcañiz con el objeto de apoyar a asociaciones y entidades deportivas de la ciudad ha previsto 34.000 euros para esta convocatoria de subvenciones. La cuantía máxima a conceder a cada beneficiario no podrá superar el 100 % del presupuesto del proyecto presentado, ni la cuantía de 4.500 € concedidos.
Se considerarán gastos subvencionables aquellos que correspondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se realicen en el plazo establecido por estas bases. Los gastos deberán realizarse antes de que finalice el año natural en que se haya concedido la subvención.
Las bases completas pueden consultarse en el Tablón de Anuncios Electrónico del Ayuntamiento de Alcañiz: https://sede.alcaniz.es/firma/documento.aspx?csv=24AAAXF94XZHQX9KHV4L&modo=abrir
Las solicitudes se presentarán exclusivamente a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Alcañiz, con un plazo de remisión de 20 días hábiles desde la publicación de la orden en el Boletín de la Provincia. En ambos casos, la convocatoria estará abierta hasta el 14 de mayo.
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